Antecedentes
Uruguay firmó su primer tratado bilateral de intercambio de información tributaria en los años ochenta y tuvo unos pocos hasta que, en 2009, fue señalado como “no cooperante” en el combate internacional a la evasión por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20 (Grupo de los 20 países más industrializados).
Los avances en materia de intercambio de información desde 2009 han sido muy importantes, con la existencia hoy de una densa red de acuerdos bilaterales y en el año 2016 el país se adhiere al acuerdo “multilateral automático de información tributaria” el que ya ha sido ratificado por más de 100 países.
Situación actual
Es así que Uruguay se convierte en la 87ª jurisdicción en suscribir la declaración de adhesión al Acuerdo Multilateral. Dicha adhesión se enmarca en el compromiso de Uruguay en aplicar el intercambio de información automático a partir del año 2018 con respecto a la información financiera del año 2017. Concretamente se informarán las rentas pasivas desde el 1/1/2017 al 31/12/2017 y los saldos de las cuentas al 31/12/2017.
Es por eso que a través de la ley 19.428 de agosto de 2016, se crea la base legal para la suscripción del acuerdo Multilateral para el intercambio de información financiera.
La Ley 19.484 del 05.01.17, “ley de transparencia fiscal internacional y de prevención de lavados de activos y financiamiento del terrorismo”, establece distintos instrumentos para promover la transparencia y prevención de delitos como ser el registro de beneficiarios finales y entre ellos la obligación de informar saldos y rentas de origen financiera al Fisco, modificando así el régimen del secreto bancario.
Se impone la obligación a determinadas entidades financieras de comunicar información relativa a saldos promedios y rentas a la Administración Tributaria en forma automática, tanto de residentes fiscales como de residentes fiscales en otro país o jurisdicción, en los plazos, formas y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo.
Por su parte, el Decreto 77/017 reglamentó dichas obligaciones y con la Resolución de la Dirección General Impositiva (DGI) No. 6396/2017, se establece la forma, plazo y condiciones en las que las entidades financieras remitirán la información en forma automática a la DGI.
Se envió información sobre saldos, promedios y rentas de 2017 de cuentas abiertas en Uruguay por personas físicas y otras instituciones durante ese año, así como cuentas que se encontraban abiertas al 31 de diciembre de 2016 con hasta un millón de dólares o más cuyos titulares fueran individuos.
En el año 2017 fueron informadas 59.668 cuentas diferentes, de las cuales 34.583 correspondieron a titulares uruguayos y las restantes 25.085 a residentes fiscales (con más de medio año viviendo en Uruguay e intereses económicos en el país) de 84 países o jurisdicciones extranjeras.
Información que surge del diario el país de Uruguay en el mes de julio de 2019 informa que entre el 1° de abril y el 30 de junio más de 130 entidades financieras (como bancos, empresas de custodia o de inversión de activos financieros) reportaron a la Dirección General Impositiva (DGI) información sobre el saldo, promedio e intereses de las cuentas de sus clientes en Uruguay.
Se reportaron todas las cuentas nuevas o preexistentes (cuentas bancarias, custodias de activos financieros, participaciones en entidades de inversión y contratos de seguros) de los residentes (personas físicas o jurídicas) cuyo saldo al 31 de diciembre de 2018 o el promedio anual supere las 400.000 Unidades Indexadas (US$ 50.000 aproximadamente).
En el caso de los no residentes, no rige dicho límite salvo que se trate de cuentas preexistentes (que hubiesen estado abiertas al 31 de diciembre de 2016) por personas jurídicas y cuyo saldo o valor no superase ni en 2017 ni en 2018 los US$ 50.000.
En tanto, los datos de los no residentes los intercambia con fiscos del exterior en el marco del intercambio automático de información tributaria que promueve la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
A su vez, por ese intercambio, el organismo también recibe información de cuentas de uruguayos en bancos en el exterior que las utilizan para fiscalizar.
En 2018 la DGI envió información de 25.805 cuentas de no residentes.